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Artículo 123 de la Ley de la Contraloría General de la República

Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173092.

Texto oficial

Artículo 123. Todo empleado cuyas atribuciones permitan o exijan la tenencia o custodia de fondos o bienes públicos será responsable de éstos, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias.