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Artículo 147 de la Ley de la Contraloría General de la República

Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173121.

Texto oficial

Artículo 147. Si la caución fuere depósito de dinero, deberá el interesado acompañar el documento de Tesorería, del Banco Central o Caja Nacional de Ahorros que acredite la efectividad del depósito por la cantidad equivalente al monto de la caución. Dichos depósitos deberán ser incondicionales.