Texto oficial
Artículo 151. Con excepción de la caución consistente en pólizas de fianza o de responsabilidad, todas las otras cauciones deberán formularse por medio de escritura pública, cuyos términos deberán ser aceptados por el Contralor.
Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173125.