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Artículo 167 de la Ley de la Contraloría General de la República

Ley de organizacion y atribuciones de la contraloría general de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26356 / 7173144.

Texto oficial

Artículo 167. El Contralor, el Subcontralor, los Jefes de Departamentos, el Fiscal y los Inspectores de la Contraloría tendrán pase libre permanente y sin cargo fiscal por los Ferrocarriles y por la Línea Aérea Nacional.