Texto oficial
Artículo 138. Autorízase al Presidente de la
República para destinar hasta la suma de $ 2.000.000 para
desarrollar una campaña a través del país con el objeto
de divulgar las disposiciones de la ley de la renta y formar
una conciencia tributaria.
La inversión se hará por el Director General de
Impuestos Internos, quien deberá rendir cuenta a la
Contraloría General de la República.