Texto oficial
Artículo 148. Derógase el artículo 43 de la ley N°
9,629, de 18 de Julio de 1950.
Modifica la escala de grados y sueldos establecidos en la ley numero 9,311, fija disposiciones sobre jubilaciones, pensiones y montepios y adopta medidas tributarias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26361 / 9098663.