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Artículo 180 de la Ley 10.343

Modifica la escala de grados y sueldos establecidos en la ley numero 9,311, fija disposiciones sobre jubilaciones, pensiones y montepios y adopta medidas tributarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26361 / 9098695.

Texto oficial

Artículo 180. Modifícase la ley 7,200, como sigue: agrégase el siguiente inciso final artículo 37: "La Contraloría informará en la misma oportunidad a la Cámara de Diputados acerca de la forma como el Ejecutivo haya dado cumplimiento al artículo 1° de la presente ley".