Texto oficial
"Artículo 1.o Autorízase a las Municipalidades de Papudo, Zapallar, Cabildo, La Ligua, Puchuncaví y Petorca para contratar directamente préstamos hasta por las cantidades de $ 1.050.000, $ 3.000.000, $ 1.800.000, $ 4.000.000, $ 1.125.000 y $ 3.000.000, respectivamente, a un interés no superior al 10% anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de 5 años.
Para la contratación de estos préstamos no regirán las disposiciones restrictivas de las leyes y reglamentos orgánicos de las instituciones que los otorguen.