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Artículo 1 de la Ley 10.367 · Fija fechas desde que regira el art. n.o 209 de la ley n.o 10,343

Fija fechas desde que regira el art. n.o 209 de la ley n.o 10,343

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26376 / 8533217.

Texto oficial

"Artículo 1.o El artículo 209 de la ley N.o 10,343 regirá desde el 28 de Mayo de 1952.