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Artículo 1 transitorio de la Ley 10.367 · Fija fechas desde que regira el art. n.o 209 de la ley n.o 10,343

Fija fechas desde que regira el art. n.o 209 de la ley n.o 10,343

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26376 / 8533218.

Texto oficial

Artículo transitorio. Los que hubieren pagado el impuesto con efecto retroactivo, podrán compensar su valor en las futuras actuaciones del mismo juicio".