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Artículo 38 de la Ley 10.383 · Modifica la ley 4054 relacionada con el seguro obligatorio:

Modifica la ley 4054 relacionada con el seguro obligatorio:

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26387 / 8425036.

Texto oficial

Artículo 38. La edad establecida en la letra a) del articulo anterior se disminuirá un año por cada cinco años que el asegurado hubiere realizado trabajos pesados definidos en el Reglamento, siempre que al otorgarse la pensión tenga un mínimum de mil doscientas semanas de imposiciones. Esta disminución de año no podrá ser superior a cinco años.