Texto oficial
Artículo 5.o Suprímase de la Planta de Empleados Civiles de la Fuerza Aérea los siguientes empleos:
3 Jefes de Aeropuertos grado 8.o.
7 Jefes de Aeropuertos grado 9.o.
3 Ayudantes de Aeropuertos, grado 10.o
Fija la planta del personal de jefes de aeropuertos y ayudantes, dependiente de la direccion del tránsito aereo; suprime los empleos que indica de la planta de empleados civiles de la fuerza aerea de chile.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26410 / 9043366.