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Artículo 6 de la Ley 10.502

Modifica la ley n° 6,602 y el decreto supremo n° 634, de 1940, relacionados con el club aereo de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26416 / 8773406.

Texto oficial

Artículo 6.o Inclúyese a la Federación Aérea de Chile entre las entidades señaladas en el artículo 1.o de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, sin perjuicio de la fiscalización que, como autoridad máxima de la aviación civil, corresponda a la Dirección de Aeronáutica.