Texto oficial
Artículo 14.- Suprímese, a contar de la publicación
de la presente ley, el inciso cuarto del artículo 6° de la
ley N° 18.902.
Modifica las leyes n° 19.553, nº 19.882, y otros cuerpos legales, con el objeto de incentivar el desempeño de funcionarios publicos
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