Saltar al contenido

Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.212

Modifica las leyes n° 19.553, nº 19.882, y otros cuerpos legales, con el objeto de incentivar el desempeño de funcionarios publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 264166 · idParte: 8655091

Texto oficial

Artículo segundo.- La modificación introducida por el numeral 2) del artículo 3º de la presente ley comenzará a regir a contar del 1 de enero de 2008.