Texto oficial
Artículo décimo quinto.- El Jefe Superior del
Servicio al que pertenece el funcionario beneficiario,
dictará una resolución que ordene el pago del bono
especial de retiro y determine el monto a que éste
asciende.
Modifica las leyes n° 19.553, nº 19.882, y otros cuerpos legales, con el objeto de incentivar el desempeño de funcionarios publicos
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