Texto oficial
Artículo 12. Reemplázase el artículo 22 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, de 24 de Junio de 1857, por el siguiente:
"El expresado Libro estará encuadernado, foliado y cubierto con tapa firme".
Modifica el decreto que indica, relacionado con el arancel notarial
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26425 / 8849226.