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Artículo 5 transitorio de la Ley 10.513 · Modifica la ley de pavimentacion de santiago

Modifica la ley de pavimentacion de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26426 / 8846323.

Texto oficial

Artículo 5.o No estarán obligados a reunir los requisitos que establece la letra s) del artículo 1.o de esta ley los actuales funcionarios que están desempeñando los cargos de Topógrafos, Niveladores y Dibujantes de la Dirección de Pavimentación de Santiago. Sin embargo, dichos cargos serán considerados técnicos para todos los efectos legales".