Texto oficial
Artículo 4.o En caso de que el producto de la contribución a que se refiere el artículo anterior sea insuficiente para el pago del servicio del o los empréstitos, la Municipalidad de El Carmen deberá completar con sus rentas ordinarias la suma necesaria para dicho servicio. Si, por el contrario, hubiere excedente, éste se destinará, sin deducciones de ninguna especie, a amortizaciones extraordinarias de la deuda.