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Artículo 1 de la Ley 10.560

Declara exento de todo impuesto, con las excepciones que indica, a los bienes raices de que sea dueña la fundacion de beneficencia "hogar de cristo".

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26441 / 5968491.

Texto oficial

"Artículo 1.o Decláranse exentos de todo impuesto a los bienes raíces de que sea dueña la Fundación de Beneficencia "Hogar de Cristo" y las rentas que ella perciba, con excepción de los impuestos municipales y de aquéllos que correspondan al pago de servicios, como pavimentación y otros similares.