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Artículo 2 de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 264452 / 9006103.

Texto oficial

Art. 2.º Corresponde al despacho del Departamento del Interior: 1.º Todo lo concerniente al gobierno político de la República, a la conservacion el réjimen constitucional i mantenimiento del órden público; 2.º La ejecución de las leyes electorales relativas a los poderes públicos o corporaciones elejidas por votacion popular; 3.º La prorogación de las sesiones ordinarias del Congreso i la convocacion a estraordinarias; 4.º Los decretos de rehabilitacion que, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Constitucion, acordare el Senado; 5.º La ejecucion de las leyes relativas a la policía jeneral i las demas medidas concernientes a esta materia; 6.º La demarcacion de las provincias i la subdivision territorial de ellas conforme a la Constitucion; la creacion de ciudades, villas i cualquiera otra clase de poblaciones; la designacion o variacion de las capitales de departamentos; la creacion de territorios municipales; 7.º Los asuntos municipales que, según las disposiciones vijentes, requieran la intervencion gubernativa; 8.º El censo y estadística de la poblacion; 9.º Lo relativo a la beneficencia pública i a los cementerios; 10.º El establecimiento, direccion i conservacion de los correos i telégrafos del Estado, i la vijilancia, conforme a las leyes i decretos del Gobierno, en el establecimiento i esplotacion de los telégrafos pertenecientes a particulares; 11.º La subvencion que el Estado conceda a las empresas de navegacion, de ferrocarriles i de telégrafos; 12.º El nombramiento i remocion de los Consejeros de Estado que la Constitucion atribuye al Presidente de la República; 13.º El nombramiento i remocion de los empleados de la oficina del despacho del Presidente de la República; 14.º La fijacion de los límites territoriales de la República; 15.º La custodia del gran sello del Estado; 16.º La publicacion del Diario Oficial.