Texto oficial
Art. 3.º Corresponde al despacho del Departamento de Relaciones Esteriores i Culto:
1.º Las disposiciones relativas al mantenimiento de las relaciones con las potencias estranjeras, al recibimiento de sus Ministros Diplomáticos i a la admision de sus cónsules i otros ajentes comerciales;
2.º La formacion, observancia i ejecucion de todos los tratados i convenciones internacionales;
3.º Publicar i comunicar a quienes corresponda, dentro i fuera del país, la declaracion de guerra;
4.º Nombrar todos los empleados diplomáticos, cónsules i demas ajentes públicos del pais en el Estranjero;
5.º Legalizar todos los documentos que deben producir efecto en el Esterior, i los que otorgados en el Estranjero deban producir efecto en Chile;
6.º Todo lo relativo al ceremonial i etiqueta en las asistencias oficiales a que concurran el Presidente de la República i Cuerpo Diplomático;
7.º Todo lo concerniente a las relaciones del Estado con la Iglesia i al servicio del Culto.