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Artículo transitorio de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 264452 / 9006138.

Texto oficial

2.º Los actuales empleados que quedaren sin colocacion, tendrán derecho a una gratificacion correspondiente a seis meses del sueldo que disfrutaban, si tuvieren ménos de diez años de servicios. Si el empleado hubiere servido diez años o mas i no tuviere derecho a jubilarse, la gratificación se aumentará en un cinco por ciento del sueldo anual por cada año cumplido que exceda de diez.