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Artículo transitorio de la Ley S/N

Ley S/N

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 264452 / 9006139.

Texto oficial

3.º El Presidente de la República pondrá en vijencia las disposiciones de la presente lei dentro de los noventa dias siguientes a su promulgación."