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Artículo 4 de la Ley 10.621

Aprueba el texto refundido de las leyes que afectan a periodistas, talleres de obra y fotograbadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26453 / 8759365.

Texto oficial

Art�culo 4.° Con cargo al rendimiento del 6% establecido en la letra f) del artículo 12.° de la ley 6.836, el Club Hípico de Santiago entregará a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas la suma de $ 720.000; el Hipódromo Chile la suma de $ 560.000, y el Valparaíso Sporting Club la suma de $ 320.000.