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Artículo 7 de la Ley 10.621

Aprueba el texto refundido de las leyes que afectan a periodistas, talleres de obra y fotograbadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26453 / 8759368.

Texto oficial

Artículo 7.° El Consejo fijará anualmente sus presupuestos de gastos e inversiones, no pudiendo exceder sus gastos administrativos del 10% del total de sus entradas. Los capitales disponibles deberán ocuparse preferentemente en operaciones para los imponentes.