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Artículo 59 de la Ley 10.621

Aprueba el texto refundido de las leyes que afectan a periodistas, talleres de obra y fotograbadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26453 / 8759429.

Texto oficial

Artículo 59.° No podrá disponerse del seguro de vida por testamento, ni cederse ni donarse. En todo caso quedará afecto preferentemente a las obligaciones contraídas con la Caja, las cuales se liquidarán a la fecha del pago del seguro.