Saltar al contenido

Artículo 76 de la Ley 10.621

Aprueba el texto refundido de las leyes que afectan a periodistas, talleres de obra y fotograbadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26453 / 8759449.

Texto oficial

Artículo 76.° La Caja podrá solicitar la tenencia del inmueble hipotecado, su enajenación en pública subasta sin más trámites, cuando los deudores se retarden en los pagos de los dividendos y no lo efectúen en el plazo de 30 días, después de ser requeridos judicialmente. El deudor no podrá oponerse al ejercicio se estas acciones sino acreditando el correspondiente pago.