Saltar al contenido

Artículo 79 de la Ley 10.621

Aprueba el texto refundido de las leyes que afectan a periodistas, talleres de obra y fotograbadores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26453 / 8759452.

Texto oficial

Artículo 79.° La subasta se hará tomando como base la tasación practicada por la Caja al aprobar la operación a que se refiere la deuda por la cual se ejecuta, o la tasación que figura en el Rol de Avalúos para la contribución de bienes raíces. En todo caso, se elegirá la tasación superior y las bases del remate se fijarán por la Caja. En todo lo demás regirán las disposiciones del juicio ejecutivo del Código de Procedimiento Civil.