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Artículo 15 de la Ley 10.627

Incluye en el regimen de prevision de la caja nacional de empleados publicos y periodistas a los abogados

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26456 / 8009550.

Texto oficial

Artículo 15.° Derógase la ley 7.871, publicada en el "Diario Oficial" el 11 de noviembre de 1944.