Texto oficial
Artículo 13.° El actual miembro del Consejo de la Caja
Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, representante
de los abogados, continuará en el desempeño de su cargo
hasta la expiración del período para el cual fué
nombrado.
Incluye en el regimen de prevision de la caja nacional de empleados publicos y periodistas a los abogados
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