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Artículo 38 de la Ley 10.662 · Crea la seccion que indica en la caja de prevision de la marina mercante nacional

Crea la seccion que indica en la caja de prevision de la marina mercante nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26460 / 8613328.

Texto oficial

Artículo 38.° Para los efectos del pago de las imposiciones, los salarios, rentas y beneficios se aproximarán, en el momento de su liquidación a la centena más próxima.