Texto oficial
Artículo 2.o Facúltase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de $ 14.175.000, en dos cuotas anuales e iguales, en las obras de mejoramiento del servicio público de energía eléctrica de Parral, las cuales deberán ser determinadas por la Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas.