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Artículo 1 de la Ley 10.810

Autoriza al presidente de la república para invertir la suma de ocho millones de pesos en la comuna de curico en las obras que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 26484 · idParte: 5968705

Texto oficial

"Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para invertir la suma de ocho millones de pesos ($ 8.000.000) en la comuna de Curicó en las siguientes obras: a) Para contribuir a la construcción de un nuevo edificio para el "Asilo de la Infancia de San Ramón"________________$ 4.000.000 b) Para la construcción de un canal de descarga al río Guaiquillo de los rebalses de los canales "Márquez" y "La Cañada", así como de las aguas lluvias al oriente de la ciudad y de las expropiaciones que sean necesarias__________________________ 2.500.000 c) Para la pavimentación y tribunas del velódromo del Estadio de Curicó__________ 1.500.000