Texto oficial
Artículo 2.o El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará a las economías que se produzcan en los ítem Sueldos Fijos y Sobresueldos Fijos del Presupuesto del año 1952.
Autoriza al presidente de la república para invertir la suma de ocho millones de pesos en la comuna de curico en las obras que indica.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26484 / 5968706.