Texto oficial
Artículo 2.o. La expropiación se sujetará a las normas establecidas en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil.
Autoriza a la municipalidad de nancagua para expropiar el inmueble que indica.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26491 / 8279111.