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Artículo 2 de la Ley 10.833 · Autoriza a la municipalidad de nancagua para expropiar el inmueble que indica.

Autoriza a la municipalidad de nancagua para expropiar el inmueble que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26491 / 8279111.

Texto oficial

Artículo 2.o. La expropiación se sujetará a las normas establecidas en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil.