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Artículo 3 de la Ley 10.833 · Autoriza a la municipalidad de nancagua para expropiar el inmueble que indica.

Autoriza a la municipalidad de nancagua para expropiar el inmueble que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26491 / 8279112.

Texto oficial

Artículo 3.o. La indemnización que corresponda será de cargo de la Municipalidad de Nancagua y se pagará con los recursos ordinarios de esa corporación".