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Artículo 1 de la Ley 10.837

Autoriza a la municipalidad de san fernando para contratar prestamos hasta por la suma que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26495 / 8279124.

Texto oficial

"Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de San Fernando para contratar uno o más empréstitos hasta por la suma de $ 12,000.000, con una amortización acumulativa anual no inferior a 3,5%. Si el empréstito se contratare en bonos, éstos se emitirán por intermedio de la Tesorería General de la República y no podrán ser colocados a un precio inferior al 85% de su valor nominal. Para los efectos de la contratación del empréstito a que se refiere esta ley no regirán las disposiciones restrictivas de las leyes o reglamentos orgánicos de la Caja Nacional de Ahorros y del Instituto de Crédito Industrial.