Texto oficial
"Artículo 1.o Se declara feriado, para todos los efectos legales, el día 3 de Noviembre del año en curso, con motivo de la Transmisión del Mando Presidencial.
Declara feriado el 3 de noviembre y autoriza permanencia de tropas extranjeras en el territorio.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26504 / 8279143.