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Artículo 2 de la Ley 11.034

Autoriza a la municipalidad de rengo para contratar emprestitos por la suma y en las condiciones que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26514 / 8279157.

Texto oficial

Artículo 2.o Facúltase a la Caja Nacional de Ahorros para tomar el o los préstamos a que se refiere el artículo anterior, para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de su Ley Orgánica.