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Artículo 9 de la Ley 11.034

Autoriza a la municipalidad de rengo para contratar emprestitos por la suma y en las condiciones que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26514 / 8279164.

Texto oficial

Artículo 9.o La Municipalidad de Rengo deberá consultar en su presupuesto anual, en la partida de egresos ordinarios, la cantidad a que ascienda el servicio de intereses y amortizaciones ordinarias y extraordinarias del préstamo; en los ingresos de la partida extraordinaria, los recursos que se obtengan con el o los préstamos, y en la partida de egresos extraordinarios, el plan de inversiones autorizado.