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Artículo 4 de la Ley 11.053

Autoriza a la junta central de beneficencia para contratar prestamos por la suma que señala.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26519 / 5968857.

Texto oficial

Artículo 4.o Autorízase también a la Junta Central de Beneficencia para destinar un 8% de la utilidad bruta que arrojen la totalidad de los sorteos celebrados en el curso de cada año por la Polla Chilena de Beneficencia a amortizar el o los préstamos que se contraten, en conformidad a la autorización que se concede en el artículo 1.o de esta ley".