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Artículo 2 de la Ley 11.081

Autoriza una subvencion por la suma que señala, destinada a los establecimientos educacionales instituto araucano de humanidades y escuela agricola de puerto saavedra.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26524 / 5968876.

Texto oficial

Artículo 2.o El gasto que importe el cumplimiento de la ley se imputará a las mayores entradas que sobre las calculadas arroje la Cuenta D-6-a) del Cálculo de Entradas del presente año".