Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 11.108

Autoriza a la municipalidad de paillaco para contratar un emprestito por la suma y en las condiciones que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26541 / 8279189.

Texto oficial

"Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Paillaco para contratar directamente con la Caja Nacional de Ahorros u otras instituciones de crédito, uno o más préstamos que produzcan hasta la cantidad de $ 1.000.000, a un interés no superior al 10 oó anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.