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Artículo 1 de la Ley 11.110

Autoriza a la municipalidad de vichuquen para contratar un emprestito por la suma y en las condiciones que indica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26543 / 8279199.

Texto oficial

"Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Vichuquén para contratar directamente con la Caja Nacional de Ahorros u otra institución de crédito un préstamo que produzca hasta la suma de dos millones de pesos ($ 2.000.000), a un interés máximo del 10 oó anual y con una amortización que extinga la deuda en un plazo no superior a seis años. Para la contratación de este préstamo no regirán las disposiciones restrictivas de las leyes y reglamentos orgánicos de las instituciones que lo otorguen.