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Artículo 1 de la Ley 11.121 · Autoriza a la municipalidad de lumaco para contratar un emprestito por la suma que indica

Autoriza a la municipalidad de lumaco para contratar un emprestito por la suma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26553 / 8279234.

Texto oficial

"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Lumaco para contratar directamente uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de $ 2.000.000, a un intéres no superior al 10 % anual y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de 5 años.