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Artículo 3 de la Ley 11.122

Autoriza a la municipalidad de la comuna de quinta de tilcoco para contratar un emprestito en las condiciones y por la suma que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26554 / 8279246.

Texto oficial

Artículo 3° El producto del o los préstamos será destinado exclusivamente al pago del saldo de la deuda existente por concepto de los trabajos de instalación, mejoramiento y ampliación del servicio de distribución de energía eléctrica y alumbrado en la comuna.