Texto oficial
Artículo 8° La Municipalidad deberá publicar en la primera quincena del mes de Enero de cada año, en un diario periódico de la cabecera del departamento, un estado del servicio del o los préstamos".
Autoriza a la municipalidad de la comuna de quinta de tilcoco para contratar un emprestito en las condiciones y por la suma que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 26554 / 8279251.