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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 355

Decreto con fuerza de ley num. 335

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 265617 / 9054202.

Texto oficial

Art. 7.o El Presidente de la República queda facultado para incluir en el grado 5.o de la escala de sueldos del Estatuto Administrativo al jefe de la Sección Consular, que en tal caso pasará a ser jefe de Departamento.