Texto oficial
Art. 8.o Suprímense, a contar desde el 1.o de Agosto próximo, todos los actuales cargos de Agentes Comerciales, cuyas funciones las ejercerán los cónsules.
Decreto con fuerza de ley num. 335
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 265617 / 9054203.