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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 355

Decreto con fuerza de ley num. 335

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 265617 / 9054203.

Texto oficial

Art. 8.o Suprímense, a contar desde el 1.o de Agosto próximo, todos los actuales cargos de Agentes Comerciales, cuyas funciones las ejercerán los cónsules.